ISBN de origen: 1484179218.
Idioma: Español.
Resulta que un familiar mío regenta una tiendecita y como sabe de mi interés por estos temas va y me cuenta un hecho real dantesco. Tiene unos chicos que de vez en cuando pasan y le limpian los cristales del escaparate. Lo hacen bien. Y uno que les encarga la limpieza casi por ayudar más que otra cosa. Total que así de pasada al pagarles los cinco euros en cash por su servicio los limpiacristales, aparte de dar las gracias, comentan que el banco les ha kancelado la kuenta por blanqueo de kapitales. Inaudito pero cierto.
Es evidente que el banco no tiene ni puñetera idea. Realiza un abuso de poder inpune y alegal. La legislación al respecto es muy clara: solo existe blanqueo cuando el origen de los fondos es ilegal pero ejercer una actividad profesional y cobrarla en efectivo no es un origen de los fondos ilegal. En todo caso puede haber un posible fraude tributario aunque no es el banco quien tiene potestad para juzgar este extremo. Y recalco lo de posible porque muchos son los que lo declaran todo.
¿Qué está pasando? ¿Por qué hay tanta estupidez? pues seguramente porque las normas han cambiado al respecto. Hoy en día el responsable penal de lo sucedido en una oficina bancaria es el director/a. Está claro que nadie va a defender a un cliente bajo ningún concepto a la mínima duda. Antes uno salva el pan de sus hijos y que su kulo no acabe en prisión que permitir que unos limpiacristaleros ingresen sus pingues beneficios en la bollante kuenta bancaria.
¿Somos humanos? … ya no …
Reclamación previa al servicio de atención al cliente del banco presentada fehacientemente en debida forma.
Bancos reclamados: Caixabank, BBVA, Santander, Sabadell, Bankia, ING, Abanca, Triodos, Bantierra, Caixa d’Enginyers, Openbank, Bankinter, Liberbank, Mediolanum, N26 y Renta 4 Banco.
Girona 23 de febrero del 2019
Petición formulada por: MIGUEL JUAN PAVON BESALU domiciliado en GIRONA.
EXPONE:
– Que el banco le ha cancelado las respectivas cuentas sin haber cumplido lo requerido legalmente: https://clientebancario.bde.es/pcb/es/menu-horizontal/productosservici/cuentasdepositos/cuentascorriente/guia-textual/cancelacion/Cancelacion_por_la_entidad.html donde se indica
claramente la necesidad de formular un preaviso previo de dos meses de antelación en forma fehaciente. El no haberlo hecho les ha ocasionado perjuicios económicos.
– Que debido a su actividad económica relacionada con las criptomonedas se le cancela las cuentas que mantienen en el banco incurriendo en un acto de competencia desleal. Perjudican la investigación y desarrollo tecnológico de las empresas nacionales. https://www.criptonoticias.com/banca-seguros/investigaran-bancos-en-australia-que-bloquearon-empresas-bitcoin/
– Que se le acusa injustamente de blanqueo de capitales sin que exista prueba alguna en su contra ni se haya instado judicialmente la debida demanda judicial atentando claramente al principio básico de presunción de inocencia.
https://es.investing.com/analysis/7-paises-construyen-redes-amigables-de-criptomoneda-200222049
– Que todos los bancos españoles (Caixabank, BBVA, Santander, Sabadell, Bankia, ING, Abanca, Triodos, Bantierra, Caixa d’Enginyers, Openbank, Bankinter, Liberbank y Mediolanum, N26 y Renta 4 Banco) han actuado de forma coordinada puesto que muchas cancelaciones de cuentas se han sucedido en los mismos días. Es una acción conjunta del sector bancario contra las empresas de criptomonedas.
– Que el mencionado perjudicado es administrador de las siguientes empresas que también se han visto con las cuentas canceladas por la banca restringiendo y perjudicando su actividad económica. Ello ha ocasionado importantes pérdidas en facturación, pagos a trabajadores, pagos a proveedores, liquidaciones a la hacienda pública y Seguridad Social.
Bitcoin Investors Trust SL: Actividad: desarrollo de tokens.
ATMs Bitcoin Exchange SL: Actividad: gestión de cajeros.
GroupBTC Servicios Financieros SL: Actividad: franquicia.
UpMining SL: Actividad: cryptorobot.
Obarra Kapital SL: Actividad: gestoría.
Astorg Payments SL: Actividad: procesador de pagos.
Bitcoin Fácil SL: Actividad: desarrollo de cajeros.
International Fintech Startup SL: Actividad: tienda al por menor.
Tremissis de Barcelona SL: Actividad: tienda al por menor.
Todas ellas se suman a la petición de reapertura de las cuentas con el apercibimiento legal que, en caso contrario, se procederá a la correspondiente reclamación.
– Que el mencionado perjudicado no puede liquidar la cuota de autónomos obligatoria para los administradores de las empresas al no disponer de inguna cuenta corriente en el territorio nacional al ser obligatorio realizarlo únicamente por banco.
– Que el mencionado perjudicado al no disponer de ninguna cuenta corriente en el territorio nacional no puede tener un plan de pensiones ni recibir las prestaciones legales por desempleo o jubilación.
– Que de acuerdo con la legislación vigente europea y española todo ciudadano tiene derecho a una cuenta y tarjeta bancaria para evitar la exclusión financiera a la que se ha forzado con los cierres de las cuentas.
https://www.lavozdegalicia.es/noticia/economia/2017/11/25/banca-obligada-ley-facilitar-cuenta-tarjeta-clientes/0003_201711G25P31991.htm
– Que de acuerdo con la Ley https://www.boe.es/buscar/pdf/2017/BOE-A-2017-13644-consolidado.pdf solicita el interesado la apertura de una cuenta de pago básica y caso de no concederla sea comunicada por escrito tal y como se prescribe en su articulado.- Que, aún y haber cancelado las cuentas personales y de empresa, todavía varias entidades mantienen saldos a nuestro favor no reintegrados retenidos injustamente siendo objeto de un delito de apropiación indebida.
Por todo ello solicitamos al servicio de atención al cliente, al banco de España y al Juzgado se atienda todo lo indicado en este escrito de acuerdo con la Ley para MIGUEL JUAN PAVON BESALU más una evaluación y liquidación de los daños y perjuicios ocasionados pasados y futuros.